El arancel notarial: qué es y dónde está
Los honorarios del notario están fijados por el Real Decreto 1426/1989, que aprueba el arancel de los notarios (redacción vigente desde noviembre de 2011). Es el mismo en todas las notarías de España. La ley permite a cada notario aplicar un descuento de hasta el 10 % (artículo 35 del Real Decreto-ley 6/2000), pero no cobrar más.
Dos reglas del propio arancel que conviene conocer:
- El notario no cobra por asesorar sobre el documento que autoriza. Aquí, además, la consulta previa no se cobra aunque luego no firme.
- La factura (minuta) debe detallar la base, los números del arancel aplicados y los suplidos. Si no está de acuerdo, puede impugnarla en 15 días hábiles ante el notario o ante el Col·legi de Notaris.
Cómo se calcula
Una factura notarial suma cuatro piezas:
- El documento en sí, que puede ser «sin cuantía» (importe fijo) o «de cuantía» (según el valor).
- Los folios de la matriz: a partir del quinto folio, 3,01 € por cada cara escrita.
- Las copias: la copia autorizada, 3,01 € por folio (la mitad a partir del duodécimo); la copia simple, 0,60 € por folio.
- El IVA (21 %) y, en su caso, los gastos que el notario adelanta por usted (suplidos).
Documentos sin cuantía: importe fijo
| Documento | Arancel (sin IVA, sin folios ni copias) |
|---|---|
| Testamento (por otorgante) | 30,05 € |
| Poder general o especial | 30,05 € |
| Poder para pleitos | 15,03 € |
| Actas | 36,06 € |
| Capítulos matrimoniales | 30,05 € |
| Cancelación de hipoteca | 30,05 € (sin folios ni copias a partir del quinto) |
| Legitimación de firma | 6,01 € la primera firma, 3,01 € cada firma más |
Documentos de cuantía: escala según el valor
Compraventas, herencias, donaciones o préstamos pagan una escala por tramos sobre el valor: 90,15 € hasta 6.010,12 €, y a partir de ahí un porcentaje decreciente (4,5 por mil, 1,5 por mil, 1 por mil, 0,5 por mil y 0,3 por mil). Al resultado se le aplica una rebaja obligatoria del 5 %. Estos son los importes de la escala para algunos valores:
| Valor del documento | Escala con rebaja del 5 % | Préstamo hipotecario (rebaja adicional del 25 %) |
|---|---|---|
| 50.000 € | 216,85 € | 162,63 € |
| 100.000 € | 269,14 € | 201,86 € |
| 150.000 € | 316,64 € | 237,48 € |
| 200.000 € | 340,51 € | 255,39 € |
| 300.000 € | 388,01 € | 291,01 € |
Cálculo propio a partir del número 2 del arancel. No incluye folios, copias ni IVA.
Precios orientativos de lo más habitual
Estas horquillas son orientativas, con IVA, y salen de aplicar el arancel a un documento de extensión normal. El importe exacto depende de los folios y copias de su caso: pídanos el presupuesto antes de firmar.
| Documento | Orientativo | De qué depende |
|---|---|---|
| Legitimación de firma | 7,27 € la primera firma | 3,01 € más IVA por cada firma adicional en el mismo documento. |
| Testamento abierto | 50 a 80 € | Extensión y copias. En pareja, cada uno paga el suyo. |
| Poder general | 50 a 100 € | Número de apoderados, extensión y copias autorizadas. |
| Compraventa de vivienda de 150.000 € | 500 a 800 € | Valor, folios, copias y cargas que haya que cancelar. |
| Herencia | Variable | La escala se aplica a cada heredero por lo que recibe. Con varios herederos y bienes, se calcula caso a caso. |
| Hipoteca | La paga el banco | Usted solo paga las copias que pida. El acta de transparencia no le cuesta nada. |
En la hipoteca, la Ley 5/2019 (artículo 14.1.e) atribuye al banco el arancel notarial de la escritura y la gestoría. Las copias las paga quien las pide.
Notario, Registro, impuestos y gestoría: no es lo mismo
Cuando alguien dice «los gastos del notario» suele referirse a todo junto. Son cosas distintas y se pagan a sitios distintos:
- Notario: el arancel de esta página. Es la parte más pequeña en una compraventa.
- Registro de la Propiedad o Mercantil: el registrador cobra por inscribir, con su propio arancel (Real Decreto 1427/1989). Paga quien inscribe, normalmente el comprador.
- Impuestos: la parte grande. En una compraventa de vivienda usada, el impuesto de transmisiones patrimoniales; en una herencia o donación, el impuesto de sucesiones y donaciones, que gestiona la Agència Tributària de Catalunya; y en ventas y herencias de inmuebles urbanos, la plusvalía municipal. Los detallamos en gastos de compraventa en Cataluña, impuesto de sucesiones en Cataluña y plusvalía municipal en Lleida.
- Gestoría: si alguien tramita por usted los impuestos y el Registro, cobra sus honorarios, que son libres. No forman parte del arancel notarial.
Quién paga la notaría
El arancel dice que pagan quienes piden el servicio y los interesados, de forma solidaria, según las normas civiles y fiscales. En una compraventa en Cataluña, salvo pacto, los gastos de la escritura y de la primera copia son del comprador, y los de entrega del bien, del vendedor (artículo 531-6 del Codi civil de Catalunya). Es distinto de lo que dice el Código civil español para otras comunidades, así que revise qué se pactó en el contrato de arras. Si quiere una cifra concreta para su caso, pida cita o escríbanos y le daremos una estimación.
Para seguir
- Cuánto cuesta un testamento
- Gastos de compraventa de vivienda en Cataluña
- Cómo elegir notaría en Lleida
- Pedir cita y presupuesto
- Normativa notarial