Vivienda de segunda mano: el ITP
Si compra a un particular, paga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP). En Cataluña los tipos vigentes desde el 27 de junio de 2025 son (ATC, tipos de TPO):
| Valor total del inmueble | Tipo |
|---|---|
| Hasta 600.000 € | 10 % |
| De 600.000 a 900.000 € | 11 % sobre ese tramo |
| De 900.000 a 1.500.000 € | 12 % sobre ese tramo |
| Más de 1.500.000 € | 13 % sobre ese tramo |
| Compra de vivienda por un gran tenedor | 20 % |
Tipos reducidos para vivienda habitual
- 5 % para jóvenes de 35 años o menos, familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad igual o superior al 65 % y víctimas de violencia machista. En general, la base imponible general y del ahorro del último IRPF, menos los mínimos personal y familiar, no puede superar 36.000 € (en familias numerosas y monoparentales, 14.000 € más por cada hijo por encima del mínimo).
- 5 % para viviendas de protección oficial.
- 4 % en municipios rurales (3 % en los de atención especial) para vivienda habitual, con requisitos.
El ITP se presenta con el modelo 600 en un mes desde la escritura.
Vivienda nueva: IVA y AJD
Si compra al promotor una vivienda a estrenar, no paga ITP. Paga IVA del 10 % (4 % en vivienda protegida de régimen especial), que se abona al vendedor, y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), que en Cataluña es del 1,5 % (ATC, AJD). Los jóvenes de 35 años o menos que compran su vivienda habitual tienen una bonificación del 100 % del AJD de la escritura de compra.
Ejemplo: piso de 180.000 € en Lleida
| Gasto | Segunda mano | Segunda mano, comprador de 30 años con requisitos | Obra nueva |
|---|---|---|---|
| Impuesto principal | ITP 10 %: 18.000 € | ITP 5 %: 9.000 € | IVA 10 %: 18.000 € |
| AJD | No | No | 1,5 %: 2.700 € (0 € si es joven con bonificación) |
| Notaría (orientativo) | Unos 600 a 1.000 €, IVA incluido | ||
| Registro de la Propiedad (orientativo) | Unos 400 a 700 € | ||
| Gestoría (opcional) | Según presupuesto | ||
El impuesto se calcula sobre el precio escriturado, pero la Administración puede comprobar el valor. Si el valor de referencia del Catastro es superior al precio, conviene revisarlo antes de firmar.
Notaría y registro: precios oficiales
El notario cobra según el arancel del Real Decreto 1426/1989: una escala decreciente sobre el precio, con una rebaja del 5 %, más folios, copias e IVA. Para una compra de 180.000 € el arancel de la escritura, antes de folios, copias e IVA, ronda los 330 €. El registro tiene su propio arancel, también oficial. Las horquillas de la tabla son orientativas.
¿Quién paga cada gasto en Cataluña?
Aquí hay una diferencia con el resto de España. El Código civil de Cataluña establece que, si no se pacta otra cosa, los gastos de otorgamiento de la escritura y de la primera copia, y los posteriores a la transmisión, son del comprador (artículos 531-6 y 621-15). Por eso conviene dejarlo claro en el contrato de arras.
- Comprador: ITP o IVA y AJD, notaría (salvo pacto), registro y gestoría.
- Vendedor: plusvalía municipal (ver plusvalía municipal en Lleida), cancelación de su hipoteca y el certificado de estar al corriente con la comunidad.
- IBI del año: lo paga quien sea propietario el 1 de enero, aunque es habitual pactar un reparto proporcional.
- Si compra a un promotor, la normativa de consumidores impide que le cargue gastos que son suyos, como la declaración de obra nueva.
Si además pide hipoteca
Desde la Ley 5/2019, el banco paga la notaría de la escritura de préstamo, el registro, la gestoría y el AJD de la hipoteca. Usted paga la tasación y las copias que pida. Antes de firmar, tendrá una cita gratuita con el notario para el acta de transparencia. Más en hipotecas.
Pida a la notaría una estimación antes de firmar las arras. Así sabrá cuánto dinero necesita además del precio.
Cómo le ayudamos
En nuestra notaría de la Plaça de Sant Joan revisamos la documentación del inmueble, comprobamos cargas y deudas y le explicamos los impuestos antes de firmar. Vea nuestro servicio de compraventas y la documentación para la compraventa.
Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.
Para seguir
- Compraventa de vivienda en Lleida
- Plusvalía municipal en Lleida
- Documentos para vender un piso
- Hipotecas y acta de transparencia
- Honorarios notariales