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Martínez & Cruz
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Donaciones · Fiscalidad

Impuesto de Donaciones en Cataluña: tarifa reducida y reducciones

Entre padres e hijos, abuelos y nietos o cónyuges, la donación tributa en Cataluña con una tarifa reducida del 5 % al 9 %, pero solo si se formaliza en escritura pública. Sin escritura se aplica la tarifa general, que llega al 32 %. El plazo para declarar es de un mes.

Notaría Martínez & Cruz, Lleida · Revisado el 18 de septiembre de 2026 · 7 minutos de lectura

Quién paga y cuándo

El impuesto lo paga quien recibe la donación. Si el bien es un inmueble, se aplica la normativa del lugar donde está; si es dinero u otros bienes, la del lugar donde reside quien la recibe. El plazo para presentar y pagar es de un mes desde la fecha de la donación (ATC, plazo). No hay prórroga como en las herencias.

La tarifa reducida: por qué importa la escritura

Cataluña tiene dos tarifas (ATC, tarifas de donaciones). La reducida solo se aplica a los grupos I y II de parentesco (descendientes, ascendientes, cónyuge o pareja estable) y cuando la donación consta en escritura pública notarial o resolución judicial.

Base liquidableTarifa reducida (grupos I y II con escritura)
Hasta 200.000 €5 %
De 200.000 a 600.000 €7 %
Más de 600.000 €9 %

La tarifa general, para el resto de casos, es la misma que en sucesiones: 7 %, 11 %, 17 %, 24 % y 32 % por tramos.

Si dona dinero a un hijo por transferencia, la donación es válida, pero para tener la tarifa reducida hay que elevarla a escritura pública en el plazo de un mes desde la entrega del dinero.

Reducciones más habituales

Las principales son estas (ATC, reducciones en donaciones):

SupuestoReducciónRequisitos clave
Primera vivienda habitual de un descendiente (inmueble, terreno o dinero)95 %, máximo 60.000 € (120.000 € con discapacidad del 65 %)Hasta 36 años; base del último IRPF, restados los mínimos, de hasta 36.000 €; escritura que diga la finalidad; con dinero, comprar en seis meses
Dinero a descendientes para crear o comprar una empresa o participaciones con sede en Cataluña95 %, máximo 200.000 € (400.000 € con discapacidad del 33 %)Escritura y mantenimiento de la actividad
Negocio o participaciones de la empresa familiar95 %Requisitos de edad del donante, dirección y permanencia

Desde el 27 de junio de 2025, el plazo para comprar la vivienda con el dinero donado es de seis meses (antes, tres). A diferencia de las herencias, en las donaciones no hay reducción general por parentesco ni bonificación del 99 %.

Tres ejemplos

Una madre dona 100.000 € a su hija de 40 años, con escritura

Tarifa reducida: 5 % de 100.000 €. Impuesto: 5.000 €.

La misma donación sin escritura

Tarifa general: 3.500 € por los primeros 50.000 más el 11 % de los otros 50.000. Impuesto: 9.000 €. La escritura ahorra 4.000 €, mucho más de lo que cuesta.

Un padre de Alpicat da 100.000 € a su hijo de 30 años para la entrada de su primer piso

Si el hijo cumple los requisitos, reduce 60.000 € (el 95 % sería 95.000, pero hay tope). Base liquidable: 40.000 €. Impuesto: 2.000 €.

Otros impuestos que conviene prever

  • IRPF de quien dona: si dona un inmueble o acciones que valen más que cuando los compró, puede tener una ganancia patrimonial en su declaración de la renta.
  • Plusvalía municipal: la donación de un inmueble urbano la genera y la paga quien recibe. Vea nuestra guía sobre la plusvalía municipal en Lleida.
  • La herencia futura: en Cataluña, algunas donaciones cuentan para calcular la legítima de los demás hijos. En la escritura se puede decidir si la donación se imputa o no a la legítima del hijo que la recibe.

Lo que dice el Código civil catalán sobre la donación

Además de los impuestos, conviene conocer las reglas civiles propias de Cataluña:

  • Forma. La donación de un inmueble solo es válida en escritura pública, y la de bienes muebles debe hacerse por escrito, salvo que se entreguen en el acto (artículo 531-12 del Código civil de Cataluña).
  • Reserva de usufructo. Los padres pueden donar la propiedad de un piso y seguir viviendo en él toda su vida.
  • Cláusula de reversión. Se puede pactar que el bien vuelva al donante o a otras personas si, por ejemplo, el hijo fallece antes sin descendencia (artículo 531-19).
  • Revocación. Una vez aceptada, la donación solo se revoca por causas legales: nacimiento de hijos del donante, incumplimiento de cargas, ingratitud o pobreza del donante (artículo 531-15).

Todo esto se decide en la escritura, así que conviene hablarlo antes con el notario.

Cómo lo hacemos en la notaría

Redactamos la escritura de donación con la finalidad y las menciones que exige cada reducción, y le explicamos cómo presentar el modelo 651 en la ATC dentro del mes. Si está pensando en ayudar a un hijo, lea también cómo donar dinero a un hijo.

Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.

Para seguir

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga por donar dinero a un hijo en Cataluña?
Con escritura pública, el 5 % hasta 200.000 € de base. Sin escritura, la tarifa general, que empieza en el 7 % y sube por tramos. Si el dinero es para su primera vivienda y cumple los requisitos, puede reducir hasta 60.000 €.
¿Cuánto dinero puedo dar a un hijo sin pagar impuestos?
En Cataluña no hay una cantidad exenta general. Toda donación tributa, aunque sea poco, salvo que se aplique una reducción concreta. Los regalos de uso habitual no se declaran, pero una transferencia importante sí.
¿Hay que hacer escritura para donar dinero?
No para que sea válida, pero sí para aplicar la tarifa reducida y las reducciones. La escritura debe otorgarse en el mes siguiente a la entrega del dinero.
¿Una donación entre cónyuges tiene la tarifa reducida?
Sí. Cónyuges y parejas estables están en el grupo II y pueden aplicar la tarifa del 5 % al 9 % si la donación consta en escritura pública.
¿La donación a un hijo perjudica a sus hermanos en la herencia?
Puede contar para calcular la legítima. En Cataluña, las donaciones para la primera vivienda o para empezar un negocio se imputan a la legítima del hijo salvo que se diga lo contrario. Lo explicamos en la legítima en Cataluña.