Qué es la pareja estable en Cataluña
El Código civil de Cataluña (libro segundo, artículos 234-1 y siguientes) considera pareja estable a dos personas que conviven en una comunidad de vida análoga a la matrimonial en cualquiera de estos casos:
- Si la convivencia dura más de dos años ininterrumpidos.
- Si durante la convivencia tienen un hijo en común.
- Si formalizan la relación en escritura pública.
La escritura es la vía rápida y la que da una prueba clara desde el primer día. No pueden constituirla los menores no emancipados, los parientes en línea recta o colateral hasta el segundo grado, las personas casadas no separadas de hecho ni quien ya forma pareja estable con otra persona (Código civil de Cataluña).
La pareja estable tiene efectos en la herencia (el conviviente viudo tiene derechos en la sucesión sin testamento), en la vivienda familiar y ante muchas administraciones y empresas. Además, en el Impuesto sobre Sucesiones catalán la pareja estable se equipara al cónyuge.
Documentación
- DNI, NIE o pasaporte de ambos, original y en vigor.
- Certificado de empadronamiento de ambos que acredite la convivencia o el domicilio común.
- Certificado literal de nacimiento de ambos.
- Certificado de estado civil (soltero, divorciado, viudo). Si hubo matrimonio anterior, sentencia de divorcio o certificado de defunción del cónyuge.
- Declaración de no tener vínculo matrimonial vigente ni otra pareja estable.
- Pactos sobre la convivencia y la posible ruptura, si los quieren incluir (opcional).
Descargar la lista de documentación (PDF)
Paso a paso
- Nos envían la documentación y nos dicen si quieren incluir pactos.
- Preparamos la escritura y la revisan.
- Firman los dos en la notaría.
- Si lo desean, inscriben la pareja en el Registre de parelles estables de Catalunya. La inscripción es voluntaria, pero facilita algunos trámites.
Coste
La escritura de constitución sin pactos patrimoniales es un documento sin cuantía, con honorarios reducidos según el arancel. Más en pareja estable.
Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.