Qué es y cuál necesita usted
La carta de invitación acredita que una persona residente en España acoge en su domicilio a un extranjero durante una visita. Hay dos vías, y conviene saber cuál le piden antes de pedir cita:
- Carta de invitación oficial, regulada por la Orden PRE/1283/2007. Se solicita en la Policía Nacional (en Lleida, en la comisaría que expide documentación). Es la que sirve en frontera para acreditar el alojamiento de quien entra como turista.
- Documento notarial: un acta de manifestaciones o un escrito con firma legitimada en el que usted declara que invita, aloja y, si procede, se hace cargo de los gastos. Lo piden algunos consulados para el visado, o el país del invitado para dejarle salir.
Documentación para la notaría
- DNI, NIE o pasaporte del invitante, original y en vigor.
- Datos completos del invitado: nombre, apellidos, nacionalidad, número de pasaporte y fecha de nacimiento.
- Fechas previstas de entrada y salida.
- Dirección donde se alojará.
- Escritura de propiedad o contrato de alquiler de esa vivienda.
- Si se compromete a cubrir gastos: justificante de ingresos (nóminas o declaración de la renta).
Descargar la lista de documentación (PDF)
Paso a paso
- Pregunte al invitado qué exige exactamente su consulado: modelo policial, acta notarial o firma legitimada.
- Si es notarial, envíenos los datos y le preparamos el documento.
- Viene a firmar con su DNI. La firma dura unos minutos.
- Si el documento va a presentarse en el extranjero, puede necesitar la apostilla de La Haya. Le indicamos cómo pedirla en el Colegio Notarial.
- Envía el original o una copia al invitado según le hayan pedido.
Una carta notarial no sustituye a la carta de invitación oficial de la Policía cuando es esa la que exige la frontera. Confirme el requisito antes de venir.
Coste
Una legitimación de firma tiene un coste bajo fijado por el arancel. Un acta de manifestaciones cuesta algo más. La apostilla, si hace falta, es un trámite aparte. Más información en extranjeros en la notaría.
Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.
Para seguir
- Extranjeros en la notaría
- Acta de manifestaciones
- Legitimación de firmas
- Autorización de viaje de menores