¿Tengo gananciales si vivo en Lleida?
En Cataluña el régimen por defecto es la separación de bienes. Pero muchos matrimonios de Lleida están en gananciales: parejas que se casaron siendo de vecindad civil común (por ejemplo, llegadas de Aragón, Andalucía o Castilla), o que lo pactaron en capítulos. Si su escritura de compra dice «para su sociedad de gananciales», este trámite le afecta.
La sociedad de gananciales termina por divorcio, separación, fallecimiento de un cónyuge o por pactar otro régimen. Mientras no se liquida, los bienes siguen siendo comunes y no se pueden repartir ni vender por separado.
Documentación
- DNI, NIE o pasaporte de ambos cónyuges.
- Certificado literal de matrimonio y, si las hubo, las capitulaciones.
- Sentencia de divorcio o escritura de separación o divorcio, en su caso.
- Relación completa de bienes y deudas comunes.
- Títulos de propiedad y referencia catastral de los inmuebles (último recibo del IBI).
- Certificados de saldo de las cuentas comunes.
- Propuesta de adjudicación a cada cónyuge.
Descargar la lista de documentación (PDF)
Paso a paso
- Nos envían el inventario y la propuesta de reparto. Revisamos que los títulos y cargas cuadran.
- Si hay hipoteca, conviene hablar antes con el banco: el reparto entre cónyuges no libera frente a la entidad a quien deja el piso.
- Se firma la escritura de liquidación. Si se hace dentro de un divorcio ante notario, va en el convenio regulador y se firma todo el mismo día.
- La notaría envía la copia al Registro de la Propiedad. Se presenta el impuesto correspondiente en la Agència Tributària de Catalunya.
Si uno de los cónyuges ha fallecido, la liquidación se hace junto con la herencia, antes de repartir la parte del difunto entre sus herederos. Lo vemos en la página de herencias.
Coste
Los honorarios dependen del valor de lo que se adjudica, según el arancel notarial. Si solo hay cuentas y un vehículo, el coste es menor que si se reparten varios inmuebles. Le damos presupuesto con la documentación delante.
Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.