Qué es y para qué sirve
La declaración de obra nueva es la escritura que hace constar en el Registro de la Propiedad que sobre un solar o finca existe una construcción. Sin ella, a efectos registrales solo existe el terreno: no podrá hipotecar la casa, venderla con su descripción real ni dividirla en pisos.
Puede hacerse en dos momentos. En construcción, al empezar la obra (lo pide el banco para la hipoteca del autopromotor); después se completa con el acta de final de obra. O terminada, con toda la documentación final. En Lleida es frecuente en casas en urbanizaciones de Alpicat, Torrefarrera o Rosselló, en naves de polígonos y en ampliaciones de masías.
Documentación
- DNI, NIE o pasaporte de los propietarios del terreno.
- Título de propiedad del solar.
- Referencia catastral (último recibo del IBI).
- Licencia de obras del ayuntamiento.
- Proyecto técnico visado (obra en construcción).
- Certificado final de obra del arquitecto y el arquitecto técnico, visado (obra terminada).
- Licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad (obra terminada).
- Certificado de eficiencia energética (obra terminada).
- Seguro decenal (obligatorio en viviendas, salvo autopromotor individual de una vivienda para uso propio).
- Coordenadas de georreferenciación de la edificación.
Descargar la lista de documentación (PDF)
Paso a paso
- Su arquitecto le entrega los certificados y el archivo con las coordenadas.
- Nos lo envía y revisamos que la descripción coincide con licencia, catastro y proyecto.
- Se firma la escritura. Si es una casa en construcción con hipoteca, se suele firmar el mismo día.
- Se presenta el impuesto de actos jurídicos documentados en la Agència Tributària de Catalunya y la notaría envía la escritura al Registro.
Las construcciones antiguas sin licencia pueden declararse por antigüedad si se acredita que ya no cabe actuar contra ellas. Requiere un certificado técnico con la fecha de terminación.
Coste
Los honorarios dependen del valor de la obra declarada, según el arancel. Además hay registro e impuesto. Le hacemos presupuesto con el certificado del técnico delante. Más en compraventas e inmuebles.
Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.