Qué es y para qué sirve
En la mayoría de procedimientos judiciales la parte debe actuar representada por procurador y defendida por abogado. El procurador acredita que le representa mediante un poder. El poder para pleitos notarial le sirve para cualquier juzgado de España y para varios asuntos, presentes y futuros, así que no hace falta otorgarlo en cada procedimiento.
La alternativa es el apoderamiento apud acta, que se hace ante el letrado de la Administración de Justicia o por vía electrónica, y suele servir para un procedimiento concreto. Su abogado le dirá qué le conviene.
Se usa en reclamaciones de cantidad, desahucios, divorcios contenciosos, herencias en conflicto o procedimientos laborales. Las empresas suelen tener uno otorgado a favor de sus abogados habituales para no perder tiempo cuando llega una demanda y el plazo para contestar es corto.
Documentación necesaria
- DNI o NIE en vigor del poderdante.
- Nombre completo y número de colegiado, si los tiene, de los procuradores y abogados a apoderar (se suelen incluir varios procuradores de Lleida y de otras ciudades).
- Si el poder es de una empresa: datos registrales de la sociedad y cargo de quien firma.
- Facultades especiales, si su abogado las necesita (por ejemplo, para transigir, desistir o allanarse).
Descargar la lista de documentación (PDF)
Cómo se hace, paso a paso
- Su abogado le facilita la lista de profesionales a incluir. Puede enviárnosla directamente.
- Preparamos el poder con las facultades procesales generales y las especiales que se pidan.
- Firma usted en la notaría.
- Enviamos la copia electrónica al procurador o le entregamos la copia en papel.
Muchos poderes para pleitos se envían por copia electrónica directamente al procurador. Pregúntelo al pedir cita: ahorra desplazamientos.
Precio orientativo
Arancel fijo y bajo, más las copias. Un mismo poder le sirve para varios asuntos, así que normalmente solo lo paga una vez. Más información en el servicio de poderes.
Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.
Para seguir
- Poderes en la notaría de Lleida
- Poder notarial: tipos y documentación
- Revocación de poder
- Pedir cita previa