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Martínez & Cruz
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Actas y otros

Ratificación ante notario en Lleida: qué llevar

Ratificar es confirmar ante notario algo firmado antes: una escritura que otra persona firmó en su nombre sin poder suficiente, o un documento privado al que quiere dar plena eficacia. Solo necesita su DNI y el documento.

Notaría Martínez & Cruz, Lleida · Revisado el 18 de septiembre de 2026 · 3 minutos de lectura

Qué es y cuándo se usa

La ratificación es la declaración por la que usted hace suyo un acto ya firmado. Los casos más comunes son dos.

Escritura firmada en su nombre

Un familiar o socio firmó una escritura por usted (una compraventa, una herencia, una junta) sin poder, o con un poder que no bastaba. Hasta que usted ratifique, esa escritura no le vincula ni se inscribe en el Registro. Es frecuente cuando uno de los herederos vive fuera de Lleida y no pudo venir el día de la firma: los demás firman y él ratifica después, aquí o en otra notaría.

Documento privado

Un contrato privado (un reconocimiento de deuda, un acuerdo entre socios, un contrato de arras) que las partes quieren reforzar reconociendo su firma y su contenido ante notario.

Documentación

  • DNI, NIE o pasaporte de la persona que ratifica, original y en vigor.
  • El documento que se ratifica: copia de la escritura o el documento privado original.
  • Identificación de las demás partes firmantes.
  • Si ratifica en nombre de una sociedad, sus poderes vigentes.

Descargar la lista de documentación (PDF)

Paso a paso

  1. Si la escritura se firmó en nuestra notaría, ya tenemos el dato: solo hay que fijar la cita.
  2. Si se firmó en otra notaría, tráiganos la copia o sus datos (notario, fecha y número de protocolo).
  3. Firma la escritura de ratificación, que se une a la principal.
  4. Si la escritura principal debe inscribirse, la ratificación se presenta con ella en el Registro.

Si ratifica desde otra ciudad o desde el extranjero, puede hacerlo en cualquier notaría o consulado español. Le indicamos qué datos debe llevar para que el documento encaje con la escritura de Lleida.

Coste

La ratificación suele ser un documento sin cuantía, con honorarios reducidos según el arancel. Más en legitimaciones y copias y en poderes, si prefiere evitar la ratificación dando un poder antes.

Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.

Para seguir

Preguntas frecuentes

¿Hay plazo para ratificar?
No hay un plazo legal general, pero mientras no ratifique la escritura no produce efectos para usted. En operaciones con banco o con plazos fiscales, conviene hacerlo cuanto antes.
¿Puedo ratificar en otra ciudad?
Sí, en cualquier notaría de España o en un consulado si vive fuera. Después se envía la copia a la notaría donde se firmó la escritura principal.
¿Es mejor ratificar o dar un poder?
Si sabe con antelación que no podrá ir, un poder especial evita tener que firmar dos veces. La ratificación es la solución cuando ya se firmó sin poder.
¿Ratificar un documento privado lo convierte en escritura?
Le da fecha fehaciente y reconocimiento de firmas. Si necesita inscribirlo en el Registro, habrá que elevarlo a escritura pública.