Para qué sirven en Cataluña
En Cataluña, si no pactan nada, el régimen es el de separación de bienes: cada uno es dueño de lo suyo. Por eso aquí los capítulos se usan sobre todo para tres cosas:
- Elegir otro régimen: participación en las ganancias, comunidad o gananciales.
- Pasar de gananciales a separación, frecuente en parejas que se casaron fuera de Cataluña o con vecindad civil común.
- Firmar pactos en previsión de ruptura: vivienda, compensación económica, pensiones. El Código civil de Cataluña exige para ellos escritura pública y un régimen de información y plazos que el notario le explicará.
También pueden incluir donaciones por razón de matrimonio o un heretament (pacto sucesorio).
Documentación
- DNI, NIE o pasaporte de ambos cónyuges o futuros cónyuges.
- Antes de la boda: fecha prevista de la celebración.
- Después de la boda: certificado de nacimiento de ambos y libro de familia o certificado de matrimonio.
- Régimen económico que desean pactar (separación, participación, gananciales, comunidad).
- Escrituras de los inmuebles afectados, si los hay.
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Paso a paso
- Primera consulta (no se cobra): nos explica su situación y qué quieren pactar.
- El notario informa por separado a cada uno del alcance de los pactos, en especial de los de ruptura.
- Se prepara el borrador y lo revisan con calma.
- Firman los dos. Si son posteriores a la boda, la notaría comunica los capítulos al Registro Civil; si afectan a inmuebles, pueden hacerse constar en el Registro de la Propiedad.
Si los capítulos se firman antes de la boda y el matrimonio no se celebra en el plazo de un año, pierden su eficacia.
Coste
Unos capítulos sin aportaciones de bienes son un documento sin cuantía, con honorarios reducidos según el arancel. Si se liquida un régimen anterior con inmuebles, el coste depende de su valor. Más información en capítulos matrimoniales.
Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.
Para seguir
- Capítulos matrimoniales
- La separación de bienes en Cataluña
- Liquidación de gananciales
- Derecho civil catalán