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Martínez & Cruz
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Familia y Sucesiones

Casarse ante notario en Lleida

Puede casarse ante notario en Lleida. Primero hay que tramitar el expediente matrimonial, que también puede hacerse en la notaría, y después se celebra la boda con dos testigos.

Notaría Martínez & Cruz, Lleida · Revisado el 18 de septiembre de 2026 · 3 minutos de lectura

Qué es y para qué sirve

Desde la Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria, los notarios pueden autorizar matrimonios civiles en escritura pública. Es una alternativa al juzgado o al ayuntamiento, con cita y fecha acordadas con la notaría. El matrimonio se inscribe después en el Registro Civil.

Antes de la boda hay que tramitar un expediente para comprobar que ambos pueden casarse. Ese expediente puede resolverlo el Registro Civil o un notario del domicilio de alguno de los contrayentes mediante un acta previa.

Recuerde que en Cataluña, si no pactan otra cosa, el régimen económico es el de separación de bienes. Si quieren otro régimen o establecer pactos, pueden firmar capítulos matrimoniales antes o después de la boda.

Documentación necesaria

  • DNI, NIE o pasaporte en vigor de los contrayentes.
  • Certificados literales de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento que acredite el domicilio de los dos últimos años.
  • Declaración o certificado de estado civil. Si hubo matrimonio anterior, certificado con la inscripción del divorcio o de la defunción del cónyuge.
  • Si alguno es extranjero: certificado de capacidad matrimonial o equivalente, apostillado y traducido si procede.
  • Resolución favorable del expediente matrimonial (si se tramitó en el Registro Civil).
  • DNI de dos testigos mayores de edad para el día de la boda.

Descargar la lista de documentación (PDF)

Cómo se hace, paso a paso

  1. Pide cita y nos envía la documentación para revisarla.
  2. Se tramita el expediente matrimonial: acta previa en la notaría (con dos testigos que declaren) o expediente en el Registro Civil.
  3. Resuelto favorablemente, se fija la fecha de la boda.
  4. Se celebra en la notaría con los dos testigos y se firma la escritura.
  5. La notaría remite el matrimonio al Registro Civil para su inscripción.

Si alguno de los contrayentes es extranjero, los documentos de su país suelen ser lo que más tiempo lleva. Pídalos cuanto antes.

Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.

Para seguir

Preguntas frecuentes

¿Es válido un matrimonio celebrado ante notario?
Sí, tiene la misma validez que el celebrado en el juzgado o el ayuntamiento, y se inscribe en el Registro Civil.
¿Qué régimen económico tendremos si nos casamos en Lleida?
Si ambos tienen vecindad civil catalana y no pactan nada, separación de bienes. Si uno la tiene de otro territorio, depende de las reglas de conflicto. Lo revisamos al preparar la boda. Vea la guía sobre separación de bienes.
¿Cuántos testigos hacen falta?
Dos testigos mayores de edad el día de la boda. En el acta previa del expediente también declaran testigos que conozcan a los contrayentes.
¿Se puede celebrar fuera de la notaría?
Consúltelo con nosotros al pedir cita: depende de la disponibilidad y de las circunstancias.