Qué es y para qué sirve
La Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales (art. 4) obliga a identificar al titular real de una sociedad: la persona física que posee o controla, directa o indirectamente, más del 25 % del capital o de los derechos de voto, o que ejerce el control por otros medios. Si nadie llega a ese porcentaje, se considera titular real al administrador.
El acta deja constancia de esa declaración en la base de datos notarial. Así, cuando la sociedad firme una compraventa, una hipoteca o un poder, no hay que repetir la información cada vez. Los bancos también la piden para abrir cuentas o conceder financiación.
Documentación necesaria
- DNI o NIE en vigor del representante de la sociedad.
- Escritura o datos registrales que acrediten su cargo.
- Nombre, DNI o NIE, fecha de nacimiento, nacionalidad y domicilio de cada titular real.
- Porcentaje de participación o forma de control de cada uno.
- Si hay sociedades intermedias (una holding, por ejemplo): esquema de la cadena de control y documentos que la acrediten.
- Datos registrales y NIF de la sociedad.
Descargar la lista de documentación (PDF)
Cómo se hace, paso a paso
- Nos envía la estructura de socios. Si es compleja, la revisamos antes para identificar bien a los titulares reales.
- El representante comparece en la notaría y firma el acta.
- El notario incorpora la información a la base de datos del Consejo General del Notariado.
- Si cambian los socios o el control, hay que actualizarla con una nueva declaración.
Declarar datos falsos sobre la titularidad real puede tener consecuencias serias. Si tiene dudas sobre quién debe figurar, pregúntelo antes de firmar.
Coste orientativo
Es un acta de arancel reducido. Suele hacerse junto a otra operación de la sociedad, como una constitución o una venta de participaciones. Vea el servicio de actas notariales y el de sociedades.
Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.
Para seguir
- Sociedades en la notaría de Lleida
- Actas notariales
- Constitución de sociedad
- Compraventa de participaciones