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Martínez & Cruz
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Poderes

Poder especial ante notario en Lleida

El poder especial autoriza a otra persona para un acto concreto: vender un piso determinado, aceptar una herencia o firmar una hipoteca. Necesita su DNI o NIE, los datos del apoderado y la descripción del acto.

Notaría Martínez & Cruz, Lleida · Revisado el 18 de septiembre de 2026 · 3 minutos de lectura

Qué es y para qué sirve

Es el poder más habitual entre particulares. Se limita a lo que usted describe, y fuera de eso el apoderado no puede actuar. Por eso es más seguro que un poder general. Se usa mucho cuando uno de los herederos vive fuera de Lleida y no puede venir a la firma de la herencia, cuando un vendedor no estará el día de la compraventa o cuando hay que firmar un documento con el banco en su ausencia.

Puede fijar límites: un precio mínimo de venta, un plazo de validez o la obligación de ingresar el dinero en una cuenta concreta. Cuanto más claro sea el poder, menos dudas tendrá el notario que autorice después la operación.

Documentación necesaria

  • DNI o NIE en vigor del poderdante.
  • Nombre completo y DNI o NIE del apoderado.
  • Descripción del acto o gestión para el que se otorga.
  • Datos del bien o asunto concreto: dirección y referencia catastral del inmueble, nombre del causante en una herencia, entidad y número de cuenta, etc.
  • Si procede: precio mínimo de venta, condiciones o plazo del poder.

Descargar la lista de documentación (PDF)

Cómo se hace, paso a paso

  1. Nos indica qué operación debe hacer el apoderado. Si ya hay notaría para la firma, le pedimos el borrador para que el poder encaje exactamente.
  2. Redactamos el poder con las facultades justas.
  3. Firma usted en la notaría. El apoderado no necesita venir.
  4. Le damos copia autorizada. Si la firma será en otra notaría, se la podemos enviar.

Un poder demasiado estrecho puede no servir el día de la firma (por ejemplo, si no incluye cobrar el precio o cancelar una hipoteca). Traiga toda la información que tenga de la operación.

Precio orientativo

Arancel fijo y bajo, más las copias. Si lo va a usar fuera de España, puede necesitar apostilla. Más información en poderes, compraventas y herencias.

Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.

Para seguir

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer un poder especial para vender mi piso?
Sí. Conviene identificar la finca, fijar un precio mínimo y permitir al apoderado cobrar, cancelar cargas y pagar gastos, para que la venta no se atasque.
¿Vale un poder especial para aceptar una herencia?
Sí, es lo habitual cuando un heredero no puede venir. Debe incluir la aceptación, la partición y la adjudicación de bienes.
¿Qué pasa si vivo en el extranjero?
Puede otorgarlo ante un notario local o en el consulado español. Si lo hace ante notario extranjero, normalmente necesitará apostilla y traducción.