Saltar al contenido
Martínez & Cruz
973 07 12 00 Pedir cita

Familia y Sucesiones

Documentación para una herencia en Lleida

Para firmar la herencia necesita el certificado de defunción, el de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos y la documentación de los bienes. El impuesto de sucesiones se presenta en Cataluña en seis meses desde el fallecimiento.

Notaría Martínez & Cruz, Lleida · Revisado el 18 de septiembre de 2026 · 4 minutos de lectura

Qué es y para qué sirve

La escritura de aceptación y adjudicación de herencia es el documento en el que los herederos aceptan y se reparten los bienes del fallecido. Sin ella no podrá poner los pisos a su nombre en el Registro, ni vender, ni disponer del dinero de las cuentas más allá de lo que el banco permita. En Cataluña rige el libro cuarto del Codi civil: la legítima es una cuarta parte de la herencia (art. 451-5) y el cónyuge o pareja viudo puede tener derecho a la cuarta vidual.

Documentación necesaria

  • DNI o NIE en vigor de todos los herederos (y del viudo o viuda, si lo hay).
  • Certificado literal de defunción.
  • Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad. Puede pedirse pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento.
  • Copia autorizada del último testamento o, si no lo hay, la declaración de herederos.
  • Escrituras de los inmuebles, último recibo del IBI y referencia catastral.
  • Certificados bancarios de saldos a la fecha del fallecimiento, y de fondos, planes o acciones.
  • Datos de vehículos, seguros de vida y deudas del fallecido.
  • Libro de familia, si ayuda a acreditar el parentesco.

Descargar la lista de documentación (PDF)

Cómo se hace, paso a paso

  1. Obtiene los certificados de defunción y de últimas voluntades.
  2. Pide la copia del testamento a la notaría que lo tenga (si fue la nuestra, nos la pide directamente).
  3. Reúne la documentación de los bienes. Con ella hacemos el inventario y la valoración.
  4. Los herederos pactan el reparto y firman la escritura. Si alguno no puede venir, puede otorgar un poder especial.
  5. Se liquidan el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal, y se inscriben los inmuebles.

El impuesto de sucesiones en Cataluña se presenta en seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si lo pide en los cinco primeros meses (con intereses de demora).

Más detalle en herencias, en la guía del impuesto de sucesiones en Cataluña y en qué hacer cuando fallece un familiar.

Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.

Para seguir

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para hacer la herencia?
Aceptar no tiene un plazo corto, pero el impuesto de sucesiones debe presentarse en seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si lo pide a tiempo.
¿Qué pasa si no hay testamento?
Antes de la herencia hay que hacer una declaración de herederos ante notario, que determina quién hereda según el Codi civil de Catalunya.
¿Tenemos que venir todos los herederos?
Deben consentir todos. Quien no pueda venir puede firmar otro día o dar un poder especial a otro heredero.
¿Y si hay deudas?
Puede aceptar a beneficio de inventario, para no responder con su patrimonio, o renunciar a la herencia. Consúltelo antes de firmar.