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Martínez & Cruz
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Poderes

Poder general ante notario en Lleida

El poder general permite a otra persona administrar su patrimonio y, si usted lo autoriza, venderlo o hipotecarlo. Para otorgarlo solo necesita su DNI o NIE y los datos del apoderado.

Notaría Martínez & Cruz, Lleida · Revisado el 18 de septiembre de 2026 · 3 minutos de lectura

Qué es y para qué sirve

Es un poder amplio. Según las facultades que incluya, el apoderado puede cobrar y pagar, operar con sus cuentas, firmar contratos de alquiler, tratar con Hacienda y la Seguridad Social, aceptar herencias, y también comprar, vender o hipotecar bienes. Se usa cuando alguien de confianza va a llevar todos sus asuntos: por ejemplo, porque usted pasa largas temporadas fuera o prefiere que un hijo lo gestione todo.

Es el poder que más confianza exige. Si incluye facultades de disposición, el apoderado podrá vender su casa sin volver a consultarle.

Un poder general ordinario puede plantear problemas si usted pierde capacidad. En Cataluña existe una figura pensada precisamente para ese caso: el poder en previsión de pérdida de capacidad, que se otorga en escritura pública y sigue teniendo efecto cuando más se necesita. Si la razón del poder es la edad o una enfermedad, pregúntenos por él.

Documentación necesaria

  • DNI o NIE en vigor del poderdante.
  • Nombre completo y DNI o NIE del apoderado o apoderados.
  • Si nombra a varios: si deben actuar juntos (mancomunadamente) o cada uno por separado (solidariamente).
  • Facultades que quiere excluir o limitar, si las hay.

Descargar la lista de documentación (PDF)

Piense también en el después: si nombra a un hijo y tiene más hijos, conviene que sepan que existe el poder y qué alcance tiene. Evita desconfianzas en la familia y problemas cuando llegue la herencia.

Cómo se hace, paso a paso

  1. Nos cuenta qué quiere que pueda hacer el apoderado y qué no.
  2. Preparamos el texto con las facultades ajustadas a su caso.
  3. Firma usted en la notaría, sin necesidad de que venga el apoderado.
  4. Se expide copia autorizada para el apoderado.

Precio orientativo

El poder general tiene un arancel fijo y bajo, más las copias. Más información en el servicio de poderes.

Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.

Para seguir

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre poder general y poder preventivo?
El poder general está pensado para que alguien actúe por usted mientras usted está bien. El preventivo, regulado en el Codi civil de Catalunya, está pensado para seguir funcionando si usted pierde capacidad.
¿Puedo limitar un poder general?
Sí. Puede excluir la venta de inmuebles, poner un importe máximo o exigir que dos apoderados actúen juntos.
¿Puedo nombrar a dos hijos a la vez?
Sí, y decidir si pueden actuar cada uno por separado o si deben firmar juntos.